De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se sustancia consulta pública y participativa a fin de que a través del portal web participativo del Excmo. Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra se recabe la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICACIONES RUINOSAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CAZALLA DE LA SIERRA.
Para lo que se otorga un plazo de 15 de días naturales en el que se efectúen cuántas sugerencias y aportaciones consideren oportunas. Finalizado dicho plazo, y una vez analizadas dichas sugerencias, se publicara texto definitivo para su sometimiento en el próximo pleno a celebrar por este Ayuntamiento.
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